DOI: 10.22201/dgtic.26832968e.2024.9.4
Miguel Ángel Corado Guerrero, Grupo de Preservación Digital y UC3M
Resumen • Introducción • Desarrollo • Conclusión • Bibliografía • [Versión PDF]
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Resumen Abstract Cita
El objetivo principal del presente artículo es contextualizar la actual situación que viven las instituciones de memoria y educativas, como podrían ser archivos, bibliotecas, museos o centros educativos a la hora de establecer actividades de Preservación Digital.
Cuando estas instituciones efectúan estrategias tecnológicas de Preservación Digital para conservar los objetos digitales a largo plazo, se encuentran con una barrera legal: la Ley de Derechos de Autor o Propiedad Intelectual. En otras palabras, los avances tecnológicos en materia de Preservación y Conservación se topan con un freno en su aplicación: una legislación que no las contempla ni ampara.
El Estado concreto que se analiza es España, con la Ley de Derechos de Autor (Texto Refundido de Propiedad Intelectual, TRLPI, en adelante) [1], con su artículo 37 para vislumbrar cuales son las principales problemáticas que sufren las estrategias tecnológicas de Preservación Digital a la hora de establecerse en una institución de memoria o educativa. A modo de enumeración serán: una legislación desactualizada, la presión de los lobbies, el uso de la protección tecnológica (DRM), y finalmente las licencias y contratos.
Esta investigación centrada en el Estado español puede generalizarse y contextualizarse en otros países angloparlantes o latinoamericanos en busca de aprendizajes a la hora de renovar sus legislaciones, de tal forma que la Preservación Digital, y su importancia, sea considerada por parte de las Asambleas legislativas de dichos estados.
Fecha de recepción: marzo 30, 2023
Fecha de publicación: febrero, 2024
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